Artículo 14.o A la Planta del Servicio Exterior, con excepción de la Primera Categoría, Embajadores, se ingresará solamente en el último grado del Escalafón y siempre que el interesado reúna las siguientes condiciones:
    a) Cumplir con los requisitos señalados en el Estatuto Administrativo;
    b) Ser licenciado en humanidades, y
    c) Ser aprobado en concurso público de antecedentes y en un examen sobre cultura general, idiomas y conocimientos especializados.
    El examen deberá versar, a lo menos, sobre las siguientes materias: Derecho Internacional Público y Privado, Derecho Constitucional de Chile, Economía Social, Política Económica y un idioma extranjero, de preferencia inglés o francés.
    Se considerará acreditada la preparación del postulante en los cinco ramos de Derecho enumerados, sin necesidad de examen sobre ellos, respecto de los que sean Licenciados en Leyes y Ciencias Políticas, expedidos por cualquiera de las Universidades reconocidas por el Estado o Administrador Público con la especialidad de Servicio Exterior.
    En los nombramientos para los ingresos de que se trata se valorizarán en forma preferente alguna de las dos calidades expresadas.
    El Presidente de la República dictará el Reglamento de concurso y examen.