ABONA EN LA HOJA DE SERVICIOS DE DON GUILLERMO BURGOS BURGOS EL TIEMPO QUE INDICA
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único. Abónase, por gracia, y para todos los efectos legales en su hoja de servicios judiciales, al Fiscal de la Corte de Apelaciones de Chillan don Guillermo Burgos Burgos, tres años y veintitrés días de servicios prestados como oficial de Pluma e Inspector en el Instituto Nacional.
La presente ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Y visto lo dispuesto en el artículo 54, inciso 2.o, de la Constitución Política del Estado, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a dieciséis de Noviembre de mil novecientos cincuenta y uno. - GABRIEL GONZALEZ VIDELA.- Germán Picó Cañas.