CONCEDE A LOS CONTRIBUYENTES EL PLAZO QUE INDICA PARA PRESENTAR LA DECLARACION QUE SEÑALA
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley:

    "Artículo 1.o- Concédese un plazo de tres meses, contados desde la fecha de vigencia de la presente ley, para que los contribuyentes puedan presentar la declaración estimativa de sus propiedades a que se refiere el artículo 6.o de la ley número 15.021.
    Artículo 2.o- Los contribuyentes que hubieren presentado sus declaraciones con posterioridad al vencimiento del plazo señalado en el artículo 6.o de la ley número 15.021 y aquéllos que se acojan a lo dispuesto en el artículo anterior no sufrirán las sanciones que establece el artículo 97.o del Código Tributario."
    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, a 17 de Septiembre de mil novecientos sesenta y tres.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Luis Mackenna S.
    Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Dios guarde a U.- Carlos Reed Valenzuela, Subsecretario de Hacienda.