Artículo 1.o Introdúcense las siguientes modificaciones al decreto con fuerza de ley número 232, de 15 de Mayo de 1931:
a) En el articulo 1.o, letra a), circunscripción 5.a, suprímense las palabras "y Quillota"; en la circunscripción 6.a agréganse las palabras "y Quillota"; en la circunscripción 18, suprímense las palabras "Loncomilla, Linares y Parral"; agrégase después de la circunscripción 13, la siguiente circunscripción; "14 Linares, Loncomilla y Parral"; y reemplázase la numeración de las circunscripciones números 14 a 24 por 15 a 25.
b) En el artículo 2.o, refúndense los rubros "Quillota 2 (dos)" y Valparaíso 10 (diez) en el siguiente:
"Valparaíso y Quillota 12 (doce)".