Artículo 41.o- La Corporación de Fomento de la Producción, podrá prestar a VINEX (Vinos de Exportación) la suma de trescientos mil escudos del presupuesto del año 1963, y trescientos mil escudos del presupuesto del año 1964, con cargo a los fondos contemplados por el artículo 27.o de la ley N.o 11.828, destinados a la provincia de O'Higgins, con el objeto de dar término a las instalaciones que VINEX ha empezado a construir en O'Higgins destinadas al almacenaje de vinos.
El préstamo se hará a treinta años plazo y con un interés del 3% anual.