Artículo 4.o- Para ser designado en el cargo de Ingeniero se requerirá el correspondiente título profesional universitario y estar inscrito en el Colegio de Ingenieros de Chile.
Para desempeñar el cargo de Topógrafo se requerirá acreditar por lo menos ser egresado de establecimientos de enseñanza media técnica en especialidad de topografía.