Artículo 9.o- Una vez efectuado el encasillamiento, los cargos vancantes serán provistos por concurso en el cual sólo podrá participar el actual personal a contrata en el Servicio.
    Lo dispuesto en este artículo es sin perjuicio de lo dispuesto en la letra b) del artículo 16.o del DFL N.o 338, de 1960.