Artículo 3.o- El funcionario que actualmente sirve el cargo de Oficial de Presupuestos en la Dirección de Estadística y Censos, será encasillado en la 5a. categoría de la Planta Directiva, Profesional y Técnica, como Contador Oficial del Presupuesto, sin necesidad de nuevo nombramiento. Este funcionario conservará las atribuciones y deberes que le están señalados en el DFL.
N.o 106, de 1960, quedando bajo la supervigilancia técnica del Oficial de Presupuesto Jefe de la Subsecretaría de Economía, Fomento y Reconstrucción."