Artículo 59.- Autorízase al Ministerio de Educación para nombrar hasta un total de 2.000 profesores grado 15.o para las Escuelas Primarias Comunes dependientes de la Dirección de Educación Primaria y Normal.
    Con este objeto, los ítem 09-02 2-02 y 09-02/2-03 del Presupuesto del Ministerio de Educación, serán excedibles sólo una vez que se hayan llenado las vacantes de la Planta Docente de esa Dirección, fijada para 1964, y sólo en la medida que sea necesario ampliar dicha Planta hasta completar el total de nombramiento a que se refiere el inciso anterior.