DECLARA QUE LOS TORNEROS, MATRICEROS Y FRESADORES TIENEN, PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES, LA CALIDAD DE EMPLEADOS
    Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley:

    "Artículo único.- Declárase que los torneros, matriceros y fresadores tienen, para todos los efectos legales, la calidad jurídica de empleados y especialmente los que prestan sus servicios en la Empresa de los Ferrocarriles del Estado."
    Y teniendo presente que el Congreso Nacional ha desechado las observaciones formuladas por el Presidente de la República al proyecto de ley que antecede e insistido en su aprobación, de acuerdo con el artículo 54.o de la Constitución Política del Estado, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, tres de Enero de mil novecientos sesenta y cuatro.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Miguel Schweitzer S.
    Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Saluda a U.- Reinaldo Villarroel Rojas, Subsecretario de Previsión Social.