"Artículo 1° Libérase del pago de derechos de internación, almacenaje, de los impuestos establecidos en el decreto supremo 2.772, de 18 de agosto de 1943, y sus modificaciones posteriores y, en general, de todo derecho o contribución que se perciba por intermedio de las aduanas, la internación de las especies que se indican, destinadas al nuevo Hospital "Clínica Alemana de Valdivia", llegadas a Corral, contenidas en tres bultos:
G-P 2033/1-4    4 cajones equipos maquinarias para
Orden N° 2.073  la industria (equipo para lavandería)
Valdivia Vía  con 3.203 K B ex vapor "Stuttgart" man.
Corral          106 de 14-x-62 DM 26.300.
HCU            2 cajas equipo para cirugía con 96
855-856        KB. ex v. "Bellavia" man:129 de 8-12-62
Corral        Dol. 497,25.
TIM/5674        1 cajón instrumentos de cirugía con
Valdivia      110 KB ex v. "Illstein" man. del 31-3-63
Vía Corral      DM  6.534,74.
    El Hospital "Clínica Alemana de Valdivia" deberá, dentro del plazo de un año, contado desde la fecha de vigencia de esta ley, habilitar dos salas para la atención de indigentes.