Artículo 20.o- Agrégase al artículo 2.o del DFL. N.o 242, de 1960, el siguiente nuevo inciso:
"Declárase que la Dirección de Industria y Comercio es la sucesora legal de la Superintendencia de Abastecimientos y Precios en todo su patrimonio, bienes y recursos y que, para el cumplimiento de sus fines, ha conservado del mencionado organismo, desde la fecha de vigencia del presente decreto con fuerza de ley, tanto su personalidad jurídica como sus demás privilegios, patrimonio, facultades y atribuciones."