Artículo 19.o- Modifícanse las Plantas del personal de Servicio de la Dirección del Trabajo y de las Subsecretarías de Trabajo y Previsión Social del Ministerio del ramo, que fijan los artículos 1.o y 11.o de la ley N.o 15.358 y sustitúyense por las siguientes:
a) DIRECCION DEL TRABAJO
Planta de Servicios
Grado 6.o Auxiliar. 2
Grado 7.o Auxiliar. 8
Grado 8.o Auxiliar. 12
Grado 9.o Auxiliar. 12
________
TOTAL 34
b)SUBSECRETARIA
DEL TRABAJO
Planta de Servicios
Grado 6.o Mayordomo (1), Portero
Chofer(1)__________________ 2
Grado 7.o Portero____________________ 1
Grado 8.o Portero____________________ 1
_____
TOTAL 4
c) SUBSECRETARIA
DE PREVISION
SOCIAL
Planta de Servicios
Grado 6.o Mayordomo_________________ 1
Grado 7.o Auxiliar__________________ 1
Grado 8.o Auxiliar__________________ 1
_____
TOTAL 3
El mayor gasto que represente esta modificación se imputará a los recursos provenientes de la presente ley.