"ARTICULO 1.o-  La Comisión AdministradoraDL 126
D.O. 20.11.1973
del Fondo Andrés Bello estará integrada por las siguientes personas:
    El Ministro de Educación Pública, que la presidirá o su representante;
    El Rector de la Universidad de Chile o su representante;
      El Director de la Academia Chilena;
    El Presidente de la Sociedad de Historia y Geografía;
    Un representante designado por el Presidente de la Junta de Gobierno, y
    El Director de Bibliotecas, Archivos y Museos, quien, además será el Secretario de la Comisión.
    Los cargos de miembros de esta Comisión serán desempeñados ad honorem.