"ARTICULO 1.o- La Comisión AdministradoraDL 126
D.O. 20.11.1973 del Fondo Andrés Bello estará integrada por las siguientes personas:
D.O. 20.11.1973 del Fondo Andrés Bello estará integrada por las siguientes personas:
El Ministro de Educación Pública, que la presidirá o su representante;
El Rector de la Universidad de Chile o su representante;
El Director de la Academia Chilena;
El Presidente de la Sociedad de Historia y Geografía;
Un representante designado por el Presidente de la Junta de Gobierno, y
El Director de Bibliotecas, Archivos y Museos, quien, además será el Secretario de la Comisión.
Los cargos de miembros de esta Comisión serán desempeñados ad honorem.