ARTICULO 13.o- Créanse en la Planta Directiva y Profesional, que también se denominará Técnica, de la Secretaría y Administración del Ministerio de Justicia, dos cargos de Taquígrafos-Dactilográfos, con la remuneración asignada al grado 1.o de la escala de sueldos fijada para la Administración Pública por el DFL. N.o 40, de 26 de Noviembre de 1959, y sus modificaciones posteriores.
Suprímense, a medida que vaquen, los dos últimos cargos de la Planta Administrativa de dicho Ministerio.