AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO PARA DONAR A LA CRUZ ROJA CHILENA EL TERRENO QUE SEÑALA Y CUYOS DESLINDES INDICA
    Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    PROYECTO DE LEY:

    "Artículo 1° Autorízase a la Municipalidad de Santo Domingo para donar a la Cruz Roja Chilena, Institución con personalidad jurídica concedida por la ley 3.924, de 17 de abril de 1923, un terreno de su propiedad, que forma parte del lote N° 62 de la manzana "B", calle La Ronda, del plano de la Población "Playa Las Rocas de Santo Domingo", con una superficie aproximada de 184 m2.
    Los deslindes particulares del terreno anteriormente individualizados, son los siguientes:
    Norponiente, en 8,80 metros, con el lote N° 58, de la manzana "B";
    Nor-Oriente, en 18 metros, con el lote N° 61, de la misma manzana "B";
    Sur-Poniente, en 17,80 metros, con resto del sitio N° 62, de propiedad municipal, y
    Sur-Oriente, en 11,80 metros, también con el resto del sitio N° 62, de propiedad municipal.

    Artículo 2° La Cruz Roja Chilena deberá destinar el inmueble que se le transfiere por la presente ley, a la construcción de una Policlínica".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, trece de agosto de mil novecientos sesenta y cuatro.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Sótero del Río.