Artículo 3° Autorízase al Banco del Estado de Chile para conceder un préstamo a la Inmobiliaria Estadio Colo-Colo Sociedad Anónima de hasta E° 1.500.000, al 12% de interés anual y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de ocho años, sin que rijan para estos efectos las disposiciones restrictivas de su ley orgánica y reglamento".