Crea una Planta de Tropa Profesional para las Fuerzas Armadas.

La normativa crea una planta de Tropa Profesional para las Fuerzas Armadas, sustituyendo el actual modelo de conscripción por un sistema de profesionalización para las ramas de la Defensa.

La ley continúa con el proceso de profesionalización militar de las tres instituciones de las Fuerzas Armadas, sobre la base de un estatuto permanente que entrega estabilidad y beneficios similares a los del resto del personal de planta, con las excepciones propias de su naturaleza.

    Artículo 2°.- El personal de planta de Tropa Profesional gozará de los mismos beneficios, derechos y sistema de remuneraciones que el resto del personal de planta, salvo las excepciones establecidas en la presente ley, y estará afecto al Régimen Previsional y de Seguridad Social de dicho personal, establecido en la ley N° 18.948, Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas, en todo aquello que no contravenga lo dispuesto en esta ley.