Artículo 18.o- Traspásase del ítem que se indica al que se señala dentro del presupuesto corriente en moneda nacional del Ministerio de Justicia, la cantidad que se expresa:
Del ítem
10/04/02 sueldos E° 30.000
Al ítem
10/01/03 sobresueldos 30.000
Supleméntase el ítem 10/01/33 de la Ley de Presupuesto del presente año, en la suma de E° 600.000.