REHABILITA EN SU NACIONALIDAD CHILENA A DON CARLOS MIRA GOMEZ
    Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    PROYECTO DE LEY:

    "Artículo único. Rehabilítase en su nacionalidad chilena a don Carlos Mira Gómez, que la perdiera con motivo de su nacionalización en Venezuela".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, veinticuatro de septiembre de mil novecientos sesenta y cuatro.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Sótero del Río.