LIBERA DE TODO DERECHO, IMPUESTO O CONTRIBUCION LA INTERNACION DEL MICROBUS QUE INDICA, DESTINADO A LA FACULTAD DE AGRONOMIA DE LA UNIVERSIDAD CATOLICA DE VALPARAISO
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    PROYECTO DE LEY:

    "Artículo único.- Libérase del pago de derechos de internación, de almacenaje, de los impuestos establecidos en el decreto supremo 2.772, de 18 de agosto de 1943, y sus modificaciones posteriores y, en general, de todo derecho o contribución que se perciba por intermedio de las aduanas, la internación de un microbús carrozado, marca Ford B-700, modelo 1964, donado por el Trust Isabel Correa de Irarrázaval a la Facultad de Agronomía de la Universidad Católica de Valparaíso.
    Autorízase, asimismo, la internación del referido microbús y exímese de la obligación de constituir depósitos previos para dicha internación.
    Si dentro del plazo de cinco años contados desde la fecha de vigencia de la presente ley, el vehículo a que se refiere este artículo fuere enajenado a cualquier título o se le diere un destino distinto del específico, deberán enterarse en arcas fiscales los derechos e impuestos del pago de los cuales esta ley libera, quedando solidariamente responsables de su integro las personas o entidades que intervengan en los actos o contratos respectivos".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, veintidós de octubre de mil novecientos sesenta y cuatro.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Luis Mackenna.