DESTINA FONDOS PARA DIVERSAS OBRAS PUBLICAS EN LA PROVINCIA DE O'HIGGINS
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
PROYECTO DE LEY:
"Artículo 1° El Ministerio de Obras Públicas girará, con cargo a los recursos que el artículo 33° de la ley 11.828, de 5 de mayo de 1955, destina a obras públicas en la provincia de O'Higgins, los fondos necesarios para construir preferentemente el Liceo de Santa Cruz, creado por decreto 11.608, de 1963, y ejecutar, además, las siguientes obras públicas:
a) Construcción de un Paso Superior o Inferior en la Avenida Manuel Rodríguez con el cruce de la red del ferrocarril sur en la ciudad de San Fernando, y b) Dotación de agua potable a las poblaciones ubicadas en la provincia de Colchagua, dando preferencia a la ciudad de Pichilemu.
Artículo 2° Declárase de utilidad pública y autorízase al Presidente de la República para expropiar los terrenos que se requieran para la realización de la obra que se indica en la letra a) del artículo 1°.
Las expropiaciones se someterán al procedimiento establecido en la ley 12.513, de 5 de octubre de 1957".
Y teniendo presente que el Congreso Nacional ha aceptado las observaciones formuladas por S. E. el Presidente de la República, por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, dos de noviembre de mil novecientos sesenta y cuatro.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Ernesto Pinto.