Aprueba los Presupuestos del Sector Público para el año 2009.

Según expresa el Mensaje de la Presidenta de la República, la incertidumbre sembrada por las turbulencias financieras mundiales en el 2008, hizo que estructuraran un presupuesto público menos expansivo que el del año anterior, en un afán de cautelar que los recursos estén garantizados para todas las prioridades comprometidas por el gobierno de Michelle Bachelet. Declararon que la disciplina fiscal es la mejor forma de asegurar un futuro de bienestar económico, manteniendo un sello de responsabilidad.

El gasto público aumenta en un 5,7% respecto de 2008. El gasto social crece un 7,8% alcanzando al 69,1% del gasto total. La inversión pública aumenta en un 8,8%.

Esta ley, considera además, 240 mil millones de pesos para hacer frente a imprevistos derivados de la crisis mundial.

    Artículo 10.- Durante el año 2009, sólo podrá reponerse el 50% de las vacantes que se produzcan en los servicios públicos que tengan fijada dotación máxima de personal en esta ley, por la dejación voluntaria de sus cargos que realicen sus funcionarios con derecho a percibir la bonificación por retiro establecida en el Título II de la ley N° 19.882, salvo en aquellos casos que la Dirección de Presupuestos autorice previamente la reposición de un porcentaje mayor de dichas vacantes.

    Con todo, para efectuar las reposiciones que procedan conforme al inciso precedente, la institución respectiva deberá contar con disponibilidad presupuestaria suficiente para el pago de las bonificaciones devengadas conforme a la antes citada ley y para financiar las reposiciones, lo que será certificado por la autoridad del servicio, sobre la base del informe de su unidad de finanzas. Tal certificación se acompañará al respectivo acto administrativo.

    Lo dispuesto en los incisos precedentes no se aplicará respecto de las vacantes que se produzcan por tales causas en los cargos de las plantas de directivos de carrera.

    El acto administrativo que disponga la reposición deberá contener la identificación de los decretos o resoluciones de cesación de funciones en que se fundamenta.