Artículo 1°.- Autorízase a la Municipalidad de La Serena para contratar con el Banco del Estado de Chile u otras instituciones nacionales o extranjeras de crédito y fomento uno o más empréstitos que produzcan hasta la suma de dos millones de escudos (E° 2.000.000) a un interés no superior al bancario corriente y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de diez años.