Artículo 1°.- Agrégase en el artículo 2° de la ley N° 11.999, de 31 de Diciembre de 1955, a continuación del nombre "Concepción", el de "Talcahuano"; a continuación del nombre "Valdivia" el de "Río Bueno"; y a continuación del nombre "Osorno", el de "Puerto Montt".