Autoriza la construcción de un monumento en la ciudad de Santiago, en memoria de las víctimas del Holocausto.

La iniciativa tiene su origen en la moción del senador Jaime Naranjo que propuso levantar en Santiago un monumento a las victimas del holocausto, siguiendo recomendaciones de Naciones Unidas, que instó a los países del mundo a realizar propuestas en reconocimiento y recuerdo de esta tragedia y también como una forma de educar a nuestras generaciones presentes y futuras en el más pleno respeto de los Derechos Humanos.

Nuestro país asumió el compromiso al refrendar la Resolución de la ONU que designó el 27 de enero como el “Día Internacional de Conmemoración Anual en Memoria de las Víctimas del Holocausto”.

    Artículo 5°.- La Comisión Especial a que se refiere el artículo anterior, tendrá las siguientes funciones:

    a) Determinar las fechas y la forma en que se efectuarán las colectas públicas a que alude el artículo 2°, así como realizar las gestiones pertinentes para su concreción;

    b) Establecer la ubicación específica del monumento en la ciudad de Santiago;

    c) Llamar a concurso público de proyectos para la realización de la obra, fijar sus bases y resolverlo;

    d) Administrar el fondo creado por el artículo 3°, y

    e) Abrir una cuenta corriente especial para gestionar el referido fondo.