MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA CIUDAD DE LOS ÁNGELES
    Santiago, 1 de octubre de 2008.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 771.- Vistos:

a)  El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b)  La ley Nº 18.168, Ley General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c)  El número 1° del artículo 3° del párrafo III de la resolución Nº 55 de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por la resolución Nº 520 de 1996, ambas de la Contraloría General de la República;
d)  El decreto supremo Nº 126 de 01.04.1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora, y
e)  El decreto supremo Nº 130 de 06.05.1993, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión,

    Considerando:

a)  La solicitud de modificación de concesión, otorgada mediante el decreto supremo indicado en la letra e)  de los Vistos, ingreso Subtel Nº 24.473 de 21.04.2008, complementado mediante ingreso Subtel Nº 32.490 de 18.06.2008.
b)  El duplicado de certificado de posesión efectiva número de inscripción 31671, año 2006, otorgado por el Servicio de Registro Civil e Identificación de la circunscripción de Los Ángeles, VIII Región, de la herencia quedada al fallecimiento de don Nelson Sebastián Cid Parra, ocurrida el día 19.02.2006, el que incluye inventario de los bienes muebles, y
c)  Que la heredera y la cesionaria adquirentes son chilenas y no se encuentran condenadas por delito que merezca pena aflictiva,

    Decreto: