DECLARA LEGALMENTE INSTALADA A LA SOCIEDAD ANONIMA CLUB HIPICO DE ANTOFAGASTA DESDE LA FECHA DEL DECRETO N° 3.659, DE 1928
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley:

    Artículo único.- Declárase que el plazo de duración de 50 años de la sociedad anónima Club Hípico de Antofagasta debe empezar a contarse desde la fecha del decreto número 3.659, de 4 de Septiembre de 1928, del Ministerio de Hacienda, que la declaró legalmente instalada.

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, a veinticinco de Agosto de mil novecientos sesenta y cinco.- EDUARDO FREI MONTALVA.- Sergio Molina S.
    Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Dios guarde a U.- Andrés Zaldívar Larraín. Subsecretario de Hacienda.