AUTORIZA A LA JUNTA DE BENEFICENCIA Y ASISTENCIA SOCIAL DE CONCEPCION Y A LA JUNTA CENTRAL DE BENEFICENCIA PARA TRANSFERIR GRATUITAMENTE AL FISCO EL PREDIO QUE SEÑALA
    Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley:

    Artículo 1°.- Autorízase a la Junta de Beneficencia y Asistencia Social de Concepción y a la Junta Central de Beneficencia, para transferir gratuitamente al Fisco un predio de una superficie aproximada de 50 hectáreas, que corresponde a la parcela N° 22 del fundo "Trongol Bajo", comuna de Curanilahue, departamento de Arauco.
    Este predio formaba parte de otro de mayor extensión, inscrito a nombre de la Junta de Beneficencia y Asistencia Social de Concepción, a fojas 215, N° 103 y a fojas 85, N° 80 del Registro de Propiedad de 1941 de los Conservadores de Bienes Raíces de Arauco y Lebu, respectivamente. Los deslindes especiales son los siguientes: Norte, terrenos de Quintiliano Silva V.; Sur, terrenos de la Sucesión González del Solar; Este, terrenos de Sinforiano Villegas, y Oeste, terrenos de Miguel Salinas.

    Artículo 2°.- El Ministerio de Educación Pública, con cargo al rendimiento de la ley N° 11.766, durante los años 1966 y 1967, podrá poner a disposición de la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales las sumas necesarias para que ésta construya, por cuenta del Fisco, una Escuela Agrícola en el predio cuya transferencia se autoriza en el artículo 1°.
    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
    Santiago, dieciséis de Septiembre de mil novecientos sesenta y cinco.- EDUARDO FREI MONTALVA.- Ramón Valdivieso Delaunay.
    Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Saluda a U.- Guillermo Boizard, Subsecretario de Salud Pública.