Artículo 33. Los exámenes médicos y dental de las personas convocadas al Servicio Militar, deben ser lo suficientemente minuciosos como para garantizar que la salud física y mental de los seleccionados para el acuartelamiento, sea plenamente compatible con el Servicio Militar Obligatorio y que sólo se excluya a aquellos cuya inaptitud física sea efectiva.

    Estos exámenes deberán realizarse en la forma que a continuación se señala:

a.  A todas las personas presentadas a reconocer cuartel

    1) Examen Médico

        El examen médico consistirá como mínimo en un examen clínico segmentario (anamnesis y físico), de acuerdo a las necesidades y procedimientos de cada una de las Instituciones de las Fuerzas Armadas.

    2) Examen Dental

        Debe ser efectuado personalmente por el odontólogo, en forma acuciosa a fin de determinar que no existen anomalías graves.
        Falta de piezas o caries de consideración.

b.  A las personas seleccionadas por el Jefe de la comisión para ser acuarteladas.

    1) Examen de Sangre (Grupo Sanguíneo y Rh.) 2) Examen de Orina.
    3) Examen de detección del SIDA
    5) Hemograma.
    6) Creatinemia
   
    Estos exámenes deberán realizarse a todo el personalDecreto 135,
DEFENSA
Art. único N° 1 b)
D.O. 06.11.2025
seleccionado que sea acuartelado. Una copia de los resultados o informes de los mencionados exámenes se entregará al soldado conscripto examinado bajo constancia escrita de recepción, archivándose dicha constancia conjuntamente con la respectiva Ficha de Control de Selección.