ART. 101º Los varones que se encontraren cursando el último año de enseñanza media, estudios tendientes a la obtención de un título profesional o técnico de nivel superior en establecimientos de educación superior del Estado o reconocidos por éste o realizando su práctica profesional, y que resultaren convocados en virtud del sorteo general, tendrán derecho a optar, por una sola vez, entre las siguientes modalidades alternativas de cumplimiento del servicio militar:

1.  Conscripción ordinaria, en forma inmediata o al término de sus estudios correspondientes. En ambos casos, podrá optar por la Institución de las Fuerzas Armadas y la unidad de su preferencia.

2.  Prestación, hasta por ciento ochenta días, de servicios vinculados a sus estudios en aquellas profesiones que interesen a las Fuerzas Armadas.

3.  Participación, hasta por ciento cincuenta días, en cursos especiales de instrucción militar.

    Las solicitudes para optar a las modalidades alternativas de cumplimiento del servicio militar, se presentarán por escrito ante cualquier Oficina Cantonal, dentro de los treinta días siguientes a la publicación de los resultados del Sorteo General, debiendo retirar los interesados la correspondiente solicitud en el Cantón de Reclutamiento respectivo, conforme a los modelos en Anexo Nº 3, 4, 5 y 6.