Artículo 80.- Los excedentes de los presupuestos de los años 1960 a 1965, ambos inclusive, de la Comisión Coordinadora para la Zona Norte, se destinarán a laLEY 16464
Art. 52
D.O. 25.04.1966
adquisición de un bien raíz y mobiliario para las oficinas administrativas del Servicio.
    Para estos efectos la Comisión Coordinadora para la Zona Norte pagará directamente el precio a los vendedores, previos los trámites establecidos por la ley para la adquisición de bienes fiscales.