Artículo 82.- Introdúcense las siguientes modificaciones al decreto supremo N° 3.068, de 1964, sobre Ordenanza General del Tránsito:
    a) Sustitúyese en la letra b) del artículo 321 la expresión "1966" por "1967".
    b) Las prescripciones establecidas en conformidad a lo dispuesto en los artículos 12, 26 y 37 regirán desde el 1° de Enero de 1967.
    c) Las obligaciones que imponen a la Casa de Moneda los artículos 26, 37, 43, 44, 49, 50 y 53 regirán desde el 1° de Enero de 1967.