Artículo 9.o- Autorízase a la Municipalidad de Calama para emplear, durante el año 1966, dineros provenientes de la ley N.o 11.828, de 5 de Mayo de 1955, modificada por la ley N.o 16.425, de 25 de Enero de 1966, en la adquisición de hasta cinco vehículos de extracción de basuras.