Artículo 37.- Los títulos repAcuerdo 55,
COM. CLAS. DE RIESGO
N° 2
D.O. 10.08.2020resentativos de oro se aprobarán por la Comisión previa solicitud de una Administradora, en consideración al riesgo país; a las características de los sistemas institucionales de regulación, fiscalización y sanción sobre el emisor y sus títulos y sobre la sociedad administradora, el custodio y sus matrices en los respectivos países de registro o constitución; las características de estas sociedades y sus matrices; las políticas y características del instrumento; la liquidez del instrumento en los correspondientes mercados secundarios, y la existencia de factores adicionales.
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D.O. 10.08.2020resentativos de oro se aprobarán por la Comisión previa solicitud de una Administradora, en consideración al riesgo país; a las características de los sistemas institucionales de regulación, fiscalización y sanción sobre el emisor y sus títulos y sobre la sociedad administradora, el custodio y sus matrices en los respectivos países de registro o constitución; las características de estas sociedades y sus matrices; las políticas y características del instrumento; la liquidez del instrumento en los correspondientes mercados secundarios, y la existencia de factores adicionales.