Artículo 47.- Los títulos reprAcuerdo 55,
COM. CLAS. DE RIESGO
N° 2
D.O. 10.08.2020
esentativos de oro se aprobarán cuando del análisis en conjunto de los requisitos contemplados en este Título, la sociedad administradora, el custodio y sus matrices, la bolsa de valores en que estén inscritos y puedan ser transados los títulos, el emisor y sus títulos cumplen con dichas condiciones, y que no existen factores adicionales adversos. En caso contrario, el instrumento será rechazado o desaprobado.