Artículo 28.- La experiencia delAcuerdo 56,
COM. CLAS. DE RIESGO
N° 2
D.O. 07.08.2021 gestor se aprobará en la medida que éste, su matriz o el grupo al que pertenece, cuente con al menos diez años de experiencia en la administración, por cuenta de terceros, de activos de capital privado, deuda privada, inversiones inmobiliarias o en infraestructura, según cual sea el activo específico de que se trate. Asimismo, el gestor deberá acreditar y mantener en todo momento, desde la fecha de solicitud de la aprobación, un monto mínimo de US$ 2.000 millones en activos administrados por cuenta de terceros en el activo específico, incluyendo los montos disponibles comprometidos.
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D.O. 07.08.2021 gestor se aprobará en la medida que éste, su matriz o el grupo al que pertenece, cuente con al menos diez años de experiencia en la administración, por cuenta de terceros, de activos de capital privado, deuda privada, inversiones inmobiliarias o en infraestructura, según cual sea el activo específico de que se trate. Asimismo, el gestor deberá acreditar y mantener en todo momento, desde la fecha de solicitud de la aprobación, un monto mínimo de US$ 2.000 millones en activos administrados por cuenta de terceros en el activo específico, incluyendo los montos disponibles comprometidos.