Perfecciona y amplía los alcances de la Ley 19.885, sobre donaciones con beneficios tributarios.

El objetivo principal de esta normativa es incentivar las donaciones, armonizando y perfeccionando el sistema de beneficios tributarios.

Una de las formas que incentiva las donaciones es ampliando el beneficio a las personas naturales, es decir, a los contribuyentes de impuesto global complementario que declaren su renta efectiva sobre la base de contabilidad completa y realicen donaciones en dinero a instituciones que prestan servicios directos a personas de escasos recursos o discapacitadas. Por otra parte, contempla un incentivo a las donaciones realizadas al Fondo Mixto de Apoyo Social.

Establece la obligación de llevar un Libro de Donaciones y la rendición de cuentas a las instituciones donatarias, a fin de asegurar que las donaciones sean correctamente utilizadas. Además, señala sanciones a las instituciones que incurran en falta.

Por otra parte, aumenta el límite global total de las donaciones con beneficios tributarios.

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    Artículo 1° transitorio.- Dentro de los noventa días siguientes a la publicación de la presente ley, el reglamento a que se refiere el artículo 6° de la ley N° 19.885 deberá ser modificado, adecuándolo a lo establecido en esta ley.