Artículo 210°- Destínase a bien nacional de uso público una faja de terrenos fiscales de la calle Catedral de la ciudad de Santiago, entre las calles Bandera y Morandé de la comuna, departamento y provincia de Santiago, que se encuentran ocupados por los jardines del Congreso Nacional, cuya cabida es de 351,85 metros cuadrados, constituida por un frente de 113,50 metros que da a la calzada de la calle Catedral y por un fondo de 3,10 metros, que forma parte del bien raíz fiscal inscrito a fs. 646 N° 1.043 del Registro de Propiedad de Santiago del año 1904.
La Municipalidad de Santiago ejecutará todos los trabajos necesarios para la ampliación de la calle Catedral con los terrenos antes indicados, como, asimismo aquellos a que dé lugar el traslado de la reja que hoy cierra los jardines del Congreso Nacional a su nueva ubicación, arreglos de jardines y cañerías, etc., todos los cuales serán de su costo.