"Artículo 1° Auméntase la Planta de Carabineros de Chile fijada por el decreto con fuerza de ley 118, de 1960, en las siguientes plazas del Servicio de Orden y Seguridad:
10 Mayores, VI Categoría;
20 Capitanes, grado 1°;
40 Tenientes, grado 3°;
10 Suboficiales Mayores, grado 4°;
30 Sargentos 1os, grado 6°;
60 Vicesargentos 1os, grado 8°;
100 Sargentos 2os, grado 9°, y
800 Cabos, grado 11°.
Facúltase al Presidente de la República para proveer, previo informe de la Dirección General y en la oportunidad que determine, las siguientes nuevas plazas en la Planta Profesional y Técnica de Carabineros de Chile:
Servicio Médico
2 Médicos IVa. Categoría
3 Médicos Va. Categoría
3 Médicos VIa. Categoría
2 Médicos Grado 1°
Enfermeras Universitarias
1 Enfermera Universitaria Jefe VIa. Categoría
2 Enfermeras Universitarias Grado 1°
Matronas
1 Matrona Jefe VIa. Categoría
2 Matronas Grado 1°
Dietistas
1 Dietista Jefe VIa. Categoría
2 Dietistas Grado 1°
Kinesiólogos
2 Kinesiólogos Grado 1°
Farmacéuticos
1 Farmacéutico Jefe VIa. Categoría
Psicólogos
2 Psicólogos Grado 1°
Estadística Médica
1 Jefe Técnico de Estadística
Médica VIa. Categoría
Servicio Odontológico
1 Dentista VIa. Categoría
2 Dentistas Grado 1°
4 Dentistas Grado 4°
Servicio Jurídico
1 Abogado VIa. Categoría
2 Abogados Grado 1°
2 Abogados Grado 4°
Servicio de Asistencia Social
1 Asistente Social Jefe VIa. Categoría
Servicio de Telecomunicaciones
1 Jefe Técnico del Servicio IVa. Categoría
1 Técnico Jefe Sección
Telecomunicaciones Va. Categoría
1 Jefe de Laboratorio VIa. Categoría
1 Ayudante del Jefe Técnico del
Servicio de Telecomunicaciones Grado 1°
Servicio de Movilización y Armamento
2 Jefes Técnicos de Taller Grado 1°
Servicio de Arquitectura
1 Constructor Civil
(Para Jefe de Obras) Grado 4°
Sección Contabilidad Mecanizada
(I.B.M.)
1 Operador Va. Categoría
1 Operador VIa. Categoría
1 Operador Grado 1°
1 Operador Grado 4°
Sección Investigación de Accidentes
en el Tránsito (S.I.A.T.)
1 Técnico Mecánico Grado 1°