AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA ENAJENAR LAS EX UNIDADES QUE SEÑALA DE LA ARMADA NACIONAL Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo 1°.- Autorízase al Presidente de la República para enajenar, separada o conjuntamente, a personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras, en el país o en el exterior, por propuestas públicas a que podrá llamar por las veces que estime necesario y las cuales podrá aceptar o rechazar en la misma forma, previo informe de la Comandancia en Jefe de la Armada, los ex-Destructores "Orella" y "Serrano", el
ex-Remolcador de alta mar "Sibbald", el ex-Petrolero "Maipo", la ex-Barcaza "Isaza", el ex-Remolcador "Fortuna", el ex-Cutter "Beagle", el ex-Remolcador "Brito", la ex-Corbeta "Papudo", y las ex-Fragatas "Iquique" y "Baquedano", sin el armamento y elementos aprovechables para el servicio de la Armada Nacional.
Las bases y demás condiciones para el llamado y apertura de las propuestas públicas antes aludidas, serán fijadas por la Comandancia en Jefe de la Armada.
Los licitantes deberán indicar en sus ofertas, el destino de los buques o de sus partes o piezas.
Si dichos bienes se destinaren a la exportación, la adjudicación en favor de estas ofertas sólo procederá cuando el precio cotizado exceda en a lo menos un 30% el mejor precio de la oferta que destine los mismos bienes a su aprovechamiento en el país.
Sólo se permitirá la exportación de los buques o de sus partes o piezas, si en la oferta respectiva se hubiere indicado este destino.
Artículo 2°.- Los fondos provenientes de la enajenación de estas ex unidades de la Armada, ingresarán a la cuenta de depósito F-107-b "Fondo Rotativo de Abastecimiento-Armada de Chile" abierta por la Tesorería General de la República, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2° de la ley N° 16.256, de 15 de Mayo de 1965, publicada en el "Diario Oficial" del 24 del mismo mes y año.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, veintinueve de Septiembre de mil novecientos sesenta y seis.- EDUARDO FREI MONTALVA.- Juan de Dios Carmona Peralta.
Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Subsecretario de Marina.