AUTORIZA LA INTERNACION BAJO EL REGIMEN QUE SEÑALA DE LAS MERCADERIAS QUE INDICA, DESTINADAS AL INSTITUTO CHILENO COREANO DE CULTURA
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley:

    Artículo único.- Autorízase la internación bajo en régimen establecido en el artículo único de la ley N° 16.217, de 27 de Marzo de 1965, a excepción de su inciso segundo, de las siguientes mercaderías destinadas al Instituto Chileno Coreano de Cultura, liberándolas, además, de la obligación de efectuar depósitos previos de importación:
    2 Cajones, manifiesto de 20 de Abril de 1963, guía aérea 97651, colección de objetos destinados a exposición.
    2 Bultos, manifiesto de 28 de Agosto de 1963, pedimento de aduana 309511, libros, figuras de loza, cajas de laca, colecciones de sellos y una película.
    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, once de Octubre de mil novecientos sesenta y seis.- EDUARDO FREI MONTALVA.- Sergio Molina S.
    Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Dios guarde a U.- Andrés Zaldívar Larraín, Subsecretario de Hacienda.