Artículo 14°- Reemplázase la glosa del ítem 12/02/101/25 de la Ley de Presupuestos vigente, por la siguiente:
"Para realizar estudios y ejecutar obras en un segundo programa de caminos transversales y sectores del longitudinal que puedan ser financiados total o parcialmente en conformidad a los Convenios que se suscriban entre el Gobierno de Chile y la International Development Association.
Este ítem será excedible y se podrá autorizar fondos con cargo a él antes que dichos Convenios sean suscritos."