Artículo 1°- Autorízase a la Municipalidad de La Cisterna, del departamento Presidente Aguirre Cerda, para contratar uno o más empréstitos directamente con el Banco del Estado de Chile, Corporación de Fomento de la Producción u otras instituciones de crédito o bancarias, que produzcan hasta la suma de E° 4.000.000, al interés corriente bancario y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de diez años.