Ley núm. 11,323
ABONA, POR GRACIA, EL TIEMPO QUE INDICA A DON JOSE ASTROZA YAVAR
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único. Abónase, por gracia, y para todos los efectos legales, en la hoja de servicios de don José Astroza Yavar el año servido como aspirante a oficial de reserva en el Regimiento de Infantería N.o 9, en Chillán, y el tiempo servido como Alférez de la Escuela Militar el año 1927.
Y visto lo dispuesto por el artículo 54, inciso segundo de la Constitución Política del Estado; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a diez de Octubre de mil novecientos cincuenta y tres.- CARLOS IBAÑEZ DEL CAMPO.- Felipe Herrera L.