Ley núm. 11,331
ABONA, POR GRACIA, A DON JOSE MARIA MELO MERA EL TIEMPO QUE INDICA
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único. Abónanse, por gracia y para todos los efectos legales, a don José María Melo Mera, los 9 años y 4 meses servidos en la enseñanza privada.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a diez de Octubre de mil novecientos cincuenta y tres.- CARLOS IBAÑEZ DEL CAMPO.- Felipe Herrera L.