Ley núm. 11.607
AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA TRANSFERIR GRATUITAMENTE A LA H. JUNTA DE BENEFICENCIA Y ASISTENCIA SOCIAL DE ARICA EL DOMINIO DEL PREDIO FISCAL QUE SEÑALA
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo 1.o Autorízase al Presidente de la República para que transfiera gratuitamente a la H. Junta de Beneficencia y Asistencia Social de Arica el dominio de una extensión de terrenos fiscales de diez mil sesenta metros cuadrados (10.060 m2.), ubicados en la ciudad de Arica, comuna y departamento del mismo nombre, de la provincia de Tarapacá, inscrito a favor del Fisco a fs. 261, número 353, año 1947, del Registro de Propiedad de Arica y comprendidos dentro de los siguientes deslindes: Norte, calle 18 de Septiembre, en 89,30 metros; Este, terrenos de la H. Junta de Beneficencia, en 92,30 metros y terrenos fiscales en 46,35 metros; Sur, terrenos fiscales, Comunidad Santa Ana y calle 21 de Mayo, en 3,70, 26,90 y 55,30 metros respectivamente; Oeste, Comunidad Santa Ana, calle 21 de Mayo y Avenida Arturo Gallo, en 15,50, 15 y 102,70 metros respectivamente.
Artículo 2.o La H. Junta de Beneficencia y Asistencia Social de Arica destinará los terrenos transferidos a la ampliación del Hospital San Juan de Dios.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, diez de Septiembre de mil novecientos cincuenta y cuatro.- CARLOS IBAÑEZ DEL CAMPO.- Mario Montero S.