Artículo 125°.- Reemplázanse en la ley N° 16.605, en el ítem 08/01/37 en moneda nacional, la palabra "comisión" por "conversión" y en el ítem 08/01/119 en monedas extranjeras convertidas a dólares, "en efectivo" por "efectivos". Asimismo, en el artículo 33° de la ley número 16.605, reemplázase la primera coma (,) por un punto y coma (;).