FIJA TARIFAS A ACTUACIONES DE LA LEY N° 18.356, QUE ESTABLECE EL CONTROL DE LAS ARTES MARCIALES
Santiago, 23 de diciembre de 2008.- Con esta fecha se ha decretado lo siguiente:
Núm. 1.151 exento.- Visto:
a) Lo dispuesto en el artículo 32, N° 6 de la Constitución Política de la República de Chile;
b) Lo dispuesto en el artículo 7 y artículo transitorio de la Ley Nº 18.356, de 1984;
c) Lo dispuesto en el Reglamento Complementario de la Ley Nº 18.356, aprobado por D/S Nº 42, de 16.ABR.985;
d) D/S. Nº 19 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de fecha 22.ENE.2001;
e) La Resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República;
f) Lo propuesto por la Dirección General de Movilización Nacional.
Decreto::
1. Fíjase para el año 2009 las siguientes tarifas para los permisos y diligencias relacionadas con la Ley Nº 18.356 que establece el Control de las Artes Marciales de acuerdo al siguiente detalle:
Ítem Permiso Tasa
01 Permiso anual para alumno
de Artes Marciales . ....... $ 1.740.-
02 Permiso anual para
Instructor de Artes Marciales . $ 22.030.-
03 Permiso anual para mantener
en funciones Establecimientos
o Academias de Artes Marciales $ 44.270.-
04 Permiso para abrir
Establecimientos o Academias
de Artes Marciales ........ $ 44.270.-
05 Permiso para crear la Rama de
Artes Marciales e iniciar
la actividad en Instituciones $ 11.360.-
06 Permiso para Cursos
de adiestramiento y
capacitación en Artes
Marciales que efectúe
y desarrolle cualquier
Organismo o Institución ....... $ 11.360.-
07 Permiso para elaborar y
fabricar implementos
relacionados con las
Artes Marciales ............ $ 26.570.-
08 Permiso para poseer,
tener o portar implementos
relacionados con las Artes
Marciales ................ $ 4.210.-
09 Permiso para la realización
de competencias, exhibiciones
o cualquier evento relativo
a las Artes Marciales de
categoría nacional........... $ 13.210.-
10 Permiso para la realización
de competencias, campeonatos,
exhibiciones o cualquier evento
relativo a las Artes
Marciales de categoría
regional.................... $ 13.210.-
11 Permiso para la realización
de competencias, campeonatos,
exhibiciones o cualquier
evento relativo a las
Artes Marciales de categoría
Internacional............... $ 13.210.-
12 Permiso para que
extranjeros transeúntes
puedan realizar
alguna actividad relacionada
con las Artes Marciales en el
país........................ $ 3.740.-
13 Permiso anual para
distribuir, comercializar o
tomar representación de los
fabricantes de implementos
de las Artes Marciales...... $ 18.930.-
14 Permiso anual para
distribuir, comercializar o
tomar representaciones de
material escrito o audiovisual
o de cualquier otro relativo
a las Artes Marciales e
inicial a la actividad
respectiva........ ......... $ 18.930.-
15 Permiso para importar
implementos sometidos
a control... $ 6.570.-
16 Permiso para internar
implementos sometidos
a control..... $ 11.360.-
17 Permiso para exportar
implementos sometidos
a control.... $ 8.830.-
18 Permiso para importar
material escrito o audiovisual
destinados a la enseñanza
y difusión de las
Artes Marciales.... $ 26.570.-
19 Permiso para internar
material escrito o
audiovisual destinados
a la enseñanza y difusión
de las Artes Marciales...... $ 11.360.-
20 Permiso para exportar
material escrito o
audiovisual destinados a
la enseñanza de las Artes
Marciales................... $ 8.420.-
21 Permiso para editar
material escrito
destinado a la enseñanza
de las Artes Marciales.......... $ 19.050.-
22 Resolución de
reconocimiento de
representantes de
Instituciones nacionales o
extranjeras................ $ 52.710.-
23 Autentificación de grados,
cinturones, títulos, diplomas,
certificados u otras
credenciales..... ..... $ 4.210.-
24 Certificado que otorgue
la Dirección General de
Movilización Nacional, a
petición de los interesados,
relacionados con la Ley N°
18.356...................... $ 3.140.-
25 Duplicados de permisos
o autorizaciones y
Resoluciones.. $ 1.610.-
26 Presentación a examen
Comisión Técnica........... $ 52.650.-
27 Solicitud de cambio de
Estilo..................... $ 52.650.-
28 Otras diligencias o
actuaciones no expresadas
en Tabla..... $ 3.400.-
29 Permiso anual para
representantes de Estilo....... $ 52.860.-
2. Las tarifas que afectan a los Permisos y Actuaciones antes citados, se pagarán de acuerdo a los procedimientos administrativos que establezca la Dirección General de Movilización Nacional, la que también emitirá instrucciones a las Autoridades Fiscalizadoras respecto a las rendiciones de cuenta de los valores recaudados, lo que, en todo caso, deberá efectuarse el primer día hábil de cada mes.
3. Las tarifas indicadas precedentemente regirán desde la publicación del presente Decreto Supremo. Su vigencia expirará con la publicación del Decreto Supremo correspondiente al año 2010.
4. La Dirección General de Movilización Nacional podrá eximir del pago de todo o parte de las tarifas que establece la presente tabla, en los casos calificados por el Reglamento Complementario.
Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial y Boletines Oficiales del Ejército, Armada, Fuerza Aérea, Carabineros y Policía de Investigaciones de Chile.- Por orden de la Presidenta de la República, José Goñi Carrasco, Ministro de Defensa Nacional.- Andrés Velasco Brañes, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribe para su conocimiento.- Gonzalo García Pino, Subsecretario de Guerra.