Artículo 3.o- La Municipalidad de Collipulli hará las destinaciones que a continuación se indican respecto de los sectores no desafectados a que alude el artículo 1.o: El comprendido entre las calles Amunátegui y Balmaceda, para área verde, y el comprendido entre las calles Lynch y Bilbao, a la construcción de una plaza de juegos infantiles.